TESTIMONIO: VISTO: La cesión del inmueble de calle 23 entre 18 y Avda. Kelly, reali-zada a favor de esta Municipalidad, aceptada mediante Decreto 762/80, con el cargo de afectarlo a la instalación de un Hospital Geriátrico o bien el valor de su venta utilizarlo para idéntico fin: y CONSIDERANDO: Que hasta la fecha el citado inmueble ha sido utilizado por el Municipio para otros fines, igualmente importantes pero distintos a la voluntad del donante. Que es voluntad de esta gestión regularizar tal situación, de for-ma de cumplir con el referido cargo. Que es de interés de este Municipio conservar el bien, teniendo en cuenta la utilidad que brinda para distintas actividades y afectaciones. Que existe en la actualidad, en la esfera de la Municipalidad, un Hospital Geriátrico, no ocurriendo ello en el momento de la donación: Que se podría compatibilizar el deseo del donante con las necesi-dades de la Municipalidad si ésta otorgara al Hospital Geriátrico un aporte si-milar al valor de la propiedad cumpliendo con lo establecido y fundamentalmente conservando el bien. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 15/92 ------------------------------ ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar un aporte similar ------------ al valor de lo propiedad recibida en donación, al Hospital Geriá- trico.------------------------------------------------------------------------ ARTICULO 2.- A los fines de dar cumplimiento al Artículo 1º, deberá realizarse ------------ una tasación del inmueble, siguiendo los pasos que establece la le-gislación vigente en la materia.----------------------------------------------- ARTICULO 3.- El Municipio propondrá el aporte que podrá ser en efectivo, en cuo- ------------ tas o bien en obras equivalentes a realizar en el Hospital Geriá- trico, debiendo en ambos casos, ser aprobada la propuesta por el Honorable Con-cejo Deliberante.-------------------------------------------------------------- ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extra-ordinaria, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos. FIRMADO: Dr. Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---